Tres años de transformación: un balance jurídico (I)

Artículo publicado en Milenio, el día 8 de diciembre de 2021.
El pasado 1 de diciembre, el presidente López Obrador realizó un balance de sus primeros tres años de gobierno. Celebró que se habrían sentado las bases para la transformación del país.
En su alocución, fue prolijo en mencionar obras, programas y acciones. En cambio, fue notable la ausencia de referencias al estado de derecho, la legalidad o las instituciones jurídicas. Esta omisión resulta en sí misma reveladora. En una de las pocas referencias a estos asuntos, el Presidente dijo: “Hoy se respeta la Constitución, hay legalidad, se garantizan las libertades y el derecho a disentir; hay transparencia plena y derecho a la información…” A continuación, un breve balance sobre la “transformación jurídica”.
En lo que va del sexenio se han publicado 18 decretos que modifican 55 artículos en materia de extinción de dominio, Guardia Nacional, prisión preventiva oficiosa, educación, revocación de mandato y consulta popular, paridad de género, pueblos y comunidades afromexicanas, condonación y extinción de impuestos, programas sociales, movilidad, salud, juventud, fuero, reforma judicial, nacionalidad, partida secreta, seguridad privada y modificación de la nomenclatura de algunas entidades federativas.
Salvo algunas excepciones, es posible decir que la mayoría de estas reformas no modifican radicalmente la arquitectura de la Constitución. Más bien, se mantiene una línea de continuidad respecto de otros sexenios en que las reformas responden a las exigencias de las nuevas políticas públicas, o buscan llevar al texto constitucional los programas del gobierno en turno. Lo que sí ha cambiado es la operación de la Constitución, resultado del cambio en el sistema político.
En materia legislativa observamos un ritmo importante de reforma o creación de nuevas leyes. La huella más significativa de la 4T puede caracterizarse por la falta de técnica legislativa y la ampliación de los espacios discrecionales en detrimento de los contenidos normativos capaces de regular.
En materia reglamentaria encontramos una de las peculiaridades más notables del gobierno actual. Cuando la reforma constitucional o legal resulta demasiado compleja, se ha optado por la vía del acuerdo o el decreto presidencial, que permite la acción administrativa, aunque ello implique eludir la ley. Hay muchos ejemplos, pero tres de los más conspicuos son los decretos en materia eléctrica, seguridad pública y recientemente el acuerdo con la declaratoria de seguridad nacional de los proyectos de infraestructura.
Este breve repaso pone apenas algunos de los elementos a considerar relacionados con las fuentes formales del derecho. Pero la dimensión jurídica es mucho más amplia. En la próxima entrega revisaremos la situación de los derechos y en general de la cultura jurídica.
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