Blog 8. ¿Qué dicen hoy los tribunales?

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Por Mariana Ruiz y Denise Tron

4/marzo/2021

El Poder Judicial de la Federación está por ser reformado. Al día de hoy solo queda pendiente que se publique en el Diario Oficial el decreto por el que se modifican seis artículos de la Constitución Federal y que le otorga al Congreso el plazo de seis meses para modificar las leyes secundarias. Sobre este tema, te invitamos a nuestra primer charla en línea este viernes 5 de marzo.

A. Criterios jurisprudenciales de esta semana

1. Derecho al agua y falta de pago por el servicio

El derecho humano al agua se encuentra protegido a nivel constitucional y convencional. En el presente caso un particular dejó de pagar los servicios de agua de uso doméstico, por lo que se cortó el suministro. El particular solicitó en juicio de amparo la suspensión de ese corte y se le concedió para efectos de que se le preste el servicio de forma limitada, con restricción al mínimo vital que de acuerdo con la OMS son 50 litros de agua al día por persona para un uso doméstico. Registro: 2022756

2. Recurso de queja y plazo para presentarlo

El plazo para promover el recurso de queja contenido en el artículo 98, fracción I de la Ley de Amparo es de dos días a partir de que surta efectos la notificación del auto que resuelva sobre la suspensión. En criterio de jurisprudencia un Tribunal Colegiado resolvió que este recurso de queja puede presentarse con anterioridad al inicio del cómputo del plazo sin que esto afecte la admisión del recurso. Registro: 2022755

3. Estudio de oficio de la vía en recurso de queja

En este criterio se resolvió que siempre que se promueva un recurso de queja en amparo indirecto conforme al artículo 97, fracción I, inciso a) de la Ley de Amparo, es decir en contra de las resoluciones que admitan, desechen o tengan por no presentada una demanda de amparo o su ampliación, el Tribunal Colegiado debe estudiar de oficio si la vía que utilizó el particular fue la correcta. Esto significa que, si el juicio promovido fue un amparo indirecto y la vía correcta era el amparo directo, el Tribunal que conozca de la queja tiene dos obligaciones:  dejar sin efectos el acuerdo que desechó la demanda y remitirla a la Oficina de Correspondencia Común para que sea tramitado en la vía directa. Registro: 2022754

4. Embarazo, despido y seguridad social

En este caso la quejosa demandó a su patrón por despedirla injustificadamente, a causa de su embarazo. En el juicio laboral solicitó como medida cautelar que se le otorgara seguridad social mientras se desarrollaba el juicio, petición que se le negó bajo el argumento que al momento de presentar la demanda, ya había dado a luz.

Un Tribunal Colegiado resolvió que el patrón sí debía proporcionar seguridad social a la trabajadora, aun cuando ya había dado a luz. En protección al derecho a la salud de la mujer, debía garantizarse la atención médica durante y después del embarazo, de acuerdo con los principios de perspectiva de género y de estabilidad laboral reforzada. Registros: 2022751 y 2022750.

5. Pago de costas en juicio civil cuando se desecha la demanda

En un juicio civil la parte que pierde debe pagar gastos y costas a su contraparte por haberlo llevado injustificadamente a juicio. De acuerdo con el criterio de un Tribunal Colegiado de San Luis Potosí, si se admite la demanda de un juicio civil y en apelación se resuelve revocar la admisión y desechar la demanda, se actualiza el supuesto de pago de gastos y costas de la contraparte, por haber presentado una demanda improcedente en la que no obtuvo resolución favorable. Registro: 2022744

6. Amparo indirecto contra actos emitidos después de concluido el juicio

A partir de la jurisprudencia de la SCJN, un Tribunal Colegiado señaló que el amparo indirecto puede promoverse en la etapa de ejecución de sentencia en materia civil, en contra de:

  • La última resolución dictada en el periodo de ejecución de sentencia. Puede ser: la que reconoce el cumplimiento, la que declara la imposibilidad de cumplir con la sentencia o bien, la que ordena el archivo definitivo del expediente.
  • La última resolución dictada en un procedimiento de remate. Puede ser: la que ordena el otorgamiento de la escritura o bien, la que ordena la entrega de la posesión del inmueble
  • Los actos autónomos que no tengan como fin ejecutar la sentencia, por ejemplo, en el que se fija la cantidad de la condena.
  • Los actos que afectan derechos sustantivos y sean ajenos a la materia de la sentencia dictada.

Registro: 2022741

B. Sentencias de la SCJN

1. SCJN invalida leyes por falta de consultas a la sociedad

La SCJN resolvió dos acciones de inconstitucionalidad promovidas por la CNDH. La primera de ellas se interpuso en contra de la Ley de Educación para el Estado de Tlaxcala publicada en mayo de 2020. La SCJN invalidó dos capítulos de la ley relacionados con la educación indígena y la educación inclusiva. La razón fue que en durante el proceso legislativo no se consultó a las comunidades indígenas y a personas con discapacidad, lo cual es una obligación establecida en la Constitución Federal. Acción de Inconstitucionalidad 212/2020, Comunicados sobre la sentencia y los efectos.

Este mismo criterio lo sostuvo la SCJN al invalidar la reforma de 2020 a la Ley de los Derechos de las Personas Indígenas y Afromexicanas de Nuevo León, ya que fue modificada sin previamente realizar una consulta a los grupos regulados por dicha ley. Acción de inconstitucionalidad 123/2020. Comunicado.

En ambos casos, los Congresos de los estados tendrán que llevar a cabo las consultas y emitir nuevamente las normas invalidadas por la SCJN.

2. Un municipio logra recuperar recursos de 2016

Se trata de recursos pertenecientes a un fondo federal. La Federación transfería los recursos al gobierno del estado de Veracruz, el cual a su vez debía transferirlos al municipio. Esto último no sucedió. Se trataba de recursos del año 2016, del fondo federal para mejorar la infraestructura en los municipios.

El municipio de Tierra Blanca promovió una controversia constitucional en contra del gobierno de Veracruz, pero lo hizo dos años después, en 2018.

La Primera Sala resolvió que el reclamo sí era procedente, ya que al tratarse de una omisión en el pago, la oportunidad de presentar la controversia se mantuvo vigente. El gobierno del Veracruz tendrá que pagar al municipio los recursos que no fueron enterados en 2016 más sus intereses. Controversia constitucional 192/2018

3. La SCJN se pronuncia sobre la Ley General de Responsabilidades Administrativas

Como parte de la creación del Sistema Nacional Anticorrupción se creó una nueva Ley General de Responsabilidades Administrativas que entró en vigor en julio de 2017. Dicha Ley no resolvió cómo sería aplicada por los gobiernos estatales.

Esta semana la SCJN resolvió que los Congresos de los estados están facultados para expedir leyes locales en materia de responsabilidades administrativas, pero no pueden modificar el diseño previsto por la Ley General de 2017. Comunicado.

C. La reforma al Poder Judicial de la Federación

Resumimos los principales temas de esta reforma:

  • Jurisprudencia: será suficiente con una sentencia aprobada por ochos votos del Pleno de la SCJN.
  • Controversias constitucionales: amplía los supuestos de procedencia, sobretodo en conflictos entre órganos de los estados.
  • Declaratoria general de inconstitucionalidad: se simplifica.
  • Recurso de revisión en amparo directo: la SCJN conocerá de los asuntos de interés exepcional (elimina el concepto de importancia y trascendencia).
  • Tribunales Unitarios: ahora serán órganos colegiados y se denominarán Tribunales Colegiados de Apelación.
  • Plenos Regionales: sustituyen a los Plenos de Circuito y cambian de estructura.
  • CJF: podrá concentrar en ciertos órganos aquellos asuntos de violaciones graves a los derechos humanos.
  • Se fortalece la carrera judicial, se crea la Escuela Federal de Formación Judicial.
  • Se busca promover y capacitar a los defensores de oficio.

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