Los dilemas de los datos personales (3 de 3)

Artículo publicado en Milenio
En las últimas dos décadas, México construyó un andamiaje jurídico e institucional para proteger los datos personales. Se reconoció este derecho en la Constitución, se expidieron leyes especializadas y se consolidó un órgano garante: el INAI. Sin embargo, nuestro marco normativo es innecesariamente complejo y, con las recientes reformas, quizá inoperante.
El camino normativo comenzó con la ley federal de acceso a la información de 2002, que incluyó las primeras referencias al tratamiento de datos personales por parte de autoridades gubernamentales. Fue hasta 2009 que una reforma constitucional al artículo 16 reconoció este derecho como autónomo y estableció, siguiendo a la regulación europea, los derechos ARCO: acceso, rectificación, cancelación y oposición. En 2010 se promulgó la primera ley que regulaba en nuestro país la protección y el tratamiento de datos personales por empresas, hospitales y otras entidades privadas.
Por razones políticas e inercias institucionales, México optó por un enfoque dual que lo distingue del resto del mundo. Por un lado, una ley federal regula los datos en posesión de particulares; por otro, una ley general armoniza las obligaciones de los gobiernos federal y estatales para proteger y tratar los datos personales, cada uno de los cuales debe tener su ley en la materia. En mi opinión, no existe razón alguna que justifique esta situación, pues el derecho y sus principios son los mismos, y toda la materia debería ser de competencia federal.
En lo institucional, también se adoptó un modelo singular: el INAI asumió la doble función de garante del acceso a la información y de la protección de datos personales. Mientras otros países crearon agencias especializadas, México apostó por una entidad única, responsable de garantizar ambos derechos.
Este modelo está hoy en entredicho. Hace apenas unas semanas, el Congreso aprobó dos nuevas leyes que, salvo por el rediseño institucional, son prácticamente idénticas —en lo sustantivo— a las anteriores. La decisión más polémica fue asignar a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno la regulación de datos personales. ¿Tiene esa dependencia -cuya vocación es el desarrollo administrativo- la capacidad técnica para regular y supervisar esta materia? ¿Por qué no se consideraron otras opciones que parecían más idóneas, como la Agencia Digital Nacional o incluso la Secretaría de Economía?
En entregas previas busqué explicar por qué el tratamiento de datos personales es un tema crucial en el futuro inmediato. Estas decisiones abren serios dilemas sobre la manera en que el Estado mexicano enfrentará este delicado asunto. ¿Se trata de una mejora o solo de una reconfiguración con fines políticos? El tiempo lo dirá, pero todo indica que se ha perdido una valiosa oportunidad para rectificar y avanzar en la garantía de un derecho que debe importar a todos.
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