Las regulaciones y sus problemas con los hechos
Artículo publicado en el diario El País, el día 15 de febrero de 2021.
Uno de los problemas más interesantes del mundo jurídico, es el relativo al tratamiento de los hechos. Es decir, a las múltiples maneras en las que los mismos se vinculan con el derecho. Desde una primera perspectiva, los hechos son los generadores de las normas jurídicas. Pensemos, por ejemplo, que el actuar colectivo de un conjunto de sujetos, levantando la mano o afirmando o negando algo, es determinante de la producción de leyes. Pensemos también en los casos en que el silencio implica una admisión o un rechazo y ello, a su vez, la aceptación de obligaciones. Desde otra perspectiva, podríamos considerar que los hechos son los referentes de las normas, de tal manera que una conducta queda determinada por lo que en ellas se disponga. Frente a la privación de la vida de una persona por otra, podemos estar asistiendo a un homicidio –con dolo o con mera culpa—, o ante una legítima defensa. El hecho primario no desarrolla por sí mismo todas sus posibilidades jurídicas, sino que es necesario observarlo a la luz de las normas para comprender a cabalidad sus efectos en ese campo.
Otra manera de considerar las relaciones con los hechos tiene que ver con las maneras en que son comprendidos los fenómenos que quieren ser normativizados. Pensemos, por ejemplo, en lo que sucedió en nuestro país con motivo de los descubrimientos petroleros del siglo XIX y con sus potenciales usos comerciales. Los legisladores de entonces no supieron comprender a cabalidad lo que tenían enfrente, de manera tal que lo trataron con base en las experiencias más cercanas. Por ello lo llevaron al campo de la minería —supongo que por la analogía con el subsuelo— desde esa perspectiva comenzaron a establecer las condiciones jurídicas para su explotación y uso. Lo que después resultó es bien conocido. Aprovechando los muchos huecos jurídicos dejados por los legisladores y administradores porfiristas, las empresas petroleras comenzaron un intenso proceso de extracción. Las únicas posibilidades que se les ocurrieron para contrapesar su creciente poder fueron las tributarias, importantes para mantener finanzas sanas, pero no para contender cabalmente en los procesos de dominación económica y política que se estaban suscitando.
Desde mi punto de vista, el problema que surgió tuvo que ver, en mucho, con la ignorancia que los legisladores de entonces tuvieron al representarse el fenómeno petróleo, por decirlo. Al no saber a ciencia cierta de qué se trataba aquello que estaban regulando, emitieron normas inadecuadas. Tanto que solo entre la revolución y el cardenismo pudieron rectificarlas. Estas reflexiones sobre la importancia de entender los fenómenos físicos, químicos, eléctricos, sanitarios, etc., no tiene como único mal ejemplo el del petróleo. Ha habido otras muchas ocasiones en las que por desconocimiento de lo que se puede y quiere hacer, las normas terminan siendo más causa de problemas que de generación de soluciones. Me temo que, en los días por venir, asistiremos a una complicación semejante en caso de que no se lleven a cabo adecuadas investigaciones y muy precisas determinaciones de lo que son los fenómenos que el Congreso quiere regular.
Conocemos todos de la existencia de una iniciativa para regular las llamadas redes sociales. Mediante ellas se intenta, se nos dice, impedir que los usuarios de éstas vean mermadas sus posibilidades de expresión por parte de sus dueños u operadores. Con independencia de los problemas que estrictamente tiene la determinación de la libertad de expresión entre sujetos privados, o respecto de los límites constitucionalmente válidos de las intervenciones estatales, lo cierto es que en iniciativa adolece de fallos técnicos importantes, como es la confusión entre plataformas, empresas, concesionarios o usuarios. También, entre las redes mismas y los medios por los cuales las señales se distribuyen.
Más allá de si las propuestas reguladoras son o no válidas en el plano estrictamente constitucional —asunto que por ahora no estoy analizando—, lo cierto es que deben satisfacer también una condición mínima. La comprensión de la totalidad de las condiciones materiales de operación del sistema llamado redes sociales. Quienes pretenden legislar deben acercarse toda la información técnica disponible para entender a cabalidad lo que quieren y pueden hacer. De otra manera, sus actuaciones estarán dominadas por falsas ideas de lo que suponen es el ambiente de esas redes. Como en otras ocasiones ha sucedido, es muy probable que frente a la falta de información se piense que las soluciones por analogía son adecuadas. Algo así como actuar a partir de lo que ya se conoce y que, de algún modo, resulta semejante a aquello que se quiere conocer.
La única manera de salir de estos embrollos y de evitar caer en graves errores, es atendiendo la opinión de los expertos. Ellos no son legisladores, desde luego, pero sí son personas que por sus saberes pueden explicar y hacer comprender a quienes quieren regular las redes —o cualquier otro asunto—, las condiciones, implicaciones y efectos a fin de que sean considerados al momento en el que hayan de emitirse las normas. También, para que los legisladores valoren la necesidad de hacerlo.
Legislar es, entre otras cosas, una manera de incorporar fenómenos a las normas a fin de hacerlos parte de la regulación de las conductas humanas. Por lo mismo, si lo que se quiere hacer no tiene una correspondencia con lo que sabemos que es el mundo, habrá problemas. Ello, a su vez, o producirá normas ineficaces o, más aún, problemas en donde no los había. Debemos recordar que en modo alguno puede haber desdoro para quien sabiendo que no sabe, pregunta y se deja aconsejar a quien sabe de algo. No es una buena idea regular fenómenos nuevos con soluciones viejas. Nuestros legisladores todavía están a tiempo de rectificar.
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