Blog 212: Daños a pasajeros en transporte público y notificaciones por buzón tributario

Los concesionarios de servicios de transporte público deben contar con un seguro que cubra daños a pasajeros y a terceros. ¿Qué pasa cuando los daños exceden el monto asegurado? En materia fiscal se analizaron las notificaciones electrónicas a los contribuyentes.

Notificación electrónica por buzón tributario

Cuando la autoridad fiscal le notifique al contribuyente mediante alguno de los medios de contacto (como lo es el correo electrónico) que envió un documento digital a su buzón tributario, no es necesario señalar la hora en que envió el documento. Lo anterior debido a que el plazo de tres días que tiene el contribuyente para ingresar a su buzón tributario se cuenta por días y no por horas. Registro: 2031192

Subsidio en predial en CDMX para adultos mayores 

El subsidio al impuesto predial publicado en 2021 en la Gaceta de la Ciudad de México en favor de propietarios de la tercera edad de inmuebles con un valor catastral inferior a los $2,167,228.93 pesos no viola el principio de igualdad. El subsidio del 30% busca disminuir las desigualdades sociales y el cumplimiento de las obligaciones fiscales. [TCC, Jurisprudencia] Registro: 2031183

Contrato de seguro obligatorio en transporte público para viajeros y terceros

Es válido que los concesionarios de transporte público contraten un seguro con diferentes montos asegurados para viajeros y terceros. No obstante cuando el monto asignado para uno de estos grupos sea insuficiente para la reparación integral del daño debe atenderse al monto más alto previsto en la póliza por responsabilidad civil. Por tanto, aun cuando el daño causado sea a una pasajera podrá atenderse al monto previsto para un tercero.

Responsabilidad civil de conductor y concesionario de transporte público 

El conductor del vehículo y el concesionario del transporte público son responsables solidarios de los daños causados a personas y bienes que no puedan ser cubiertos por la aseguradora por exceder el monto máximo establecido en la póliza de seguro obligatorio.Por tanto, el afectado puede reclamarles el monto no cubierto por la aseguradora. En el caso una pasajera de un autobús sufrió una fractura en la columna debido a que el conductor pasó a alta velocidad sobre unos reductores de velocidad. [Primera Sala, Jurisprudencia] Registros: 2031067 y 203117

Elementos para cuantificar el daño moral

Para cuantificar el daño moral los juzgadores únicamente deben considerar los elementos que compensen la afectación, entre los que se encuentran: 1) el grado de responsabilidad del demandado 2) los derechos lesionados 3) la situación económica del responsable 4) la situación económica de la víctima y 5) elementos particulares del caso. [Primera Sala, Jurisprudencia] Registro: 2031074

Daño moral por publicación periodística y retractación del dicho 

No debe considerarse para la cuantificación del daño moral el tiempo que medie entre la publicación periodística que perjudicó el honor del afectado y la fecha en que se ordene la publicación de un extracto de la sentencia en la que se retracte de lo dicho la responsable, ya que ello no resarce la afectación monetaria sino que implica una revaloración del afectado ante la sociedad. [Primera Sala, Jurisprudencia] Registro: 2031074

¿Debe demandarse expresamente el daño punitivo?

Cuando se acredite un daño moral, el juez de oficio puede analizar si procede una condena adicional por daño punitivo, aun cuando ello no haya sido solicitado por el demandante. El daño punitivo constituye una sanción ejemplar que debe aplicarse cuando la conducta sea altamente reprochable por la sociedad. En el caso una trabajadora sufrió quemaduras por el descuido de operadores de una pipa de gas. [Primera Sala, Jurisprudencia] Registro: 2031075

Contrato de préstamo o mutuo

Para acreditar la existencia del contrato de préstamo o de mutuo en materia civil o mercantil es necesario que se acredite 1) que el acreedor transfirió una suma de dinero o bienes al deudor y 2) que el deudor se obligó a devolver lo prestado. El consentimiento podrá ser tácito o expreso. Registro: 2031151

Juez competente en bloqueo de cuentas bancarias 

La orden de inmovilización o aseguramiento de cuentas bancarias tiene efectos en el lugar donde el cuentahabiente aperturó su cuenta pero también en el lugar en el que usuario haya intentado usar su cuenta bancaria y no haya podido. Por tanto en el amparo contra la orden de inmovilización es competente el juez de distrito con jurisdicción en lugar que el usuario tuvo conocimiento del bloqueo. Registro: 2031136

Bloqueo de cuenta de adulto mayor 

Cuando se ordene el embargo, aseguramiento o congelamiento de la cuenta bancaria de un adulto mayor y en dicha cuenta se le deposite un apoyo económico correspondiente al “Programa Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores” debe concederse en amparo la suspensión provisional contra el embargo para que el adulto mayor pueda disponer de la pensión ya que es inembargable. Registro: 2031171

Querella por delito de incumplimiento de obligaciones alimentarias

Los abuelos que queden al cuidado de su nieto sin recibir apoyo económico de los padres del menor tienen legitimación para interponer querella contra los padres por el delito de incumplimiento de obligaciones alimentarias. Si bien los abuelos no cuentan con la representación legal de su nieto tienen interés en velar por los derechos del menor conforme al principio del interés superior de la niñez. Registro: 2031201

Derecho de petición y respuesta de la autoridad en breve término

La autoridad debe dar respuesta a lo solicitado bajo derecho de petición en un “breve término”. Cuando se promueva juicio de amparo contra la falta de respuesta, no podrá desecharse la demanda bajo el argumento de que no ha transcurrido el breve término ya que se trata de un tema que deberá determinarse al resolver el fondo del asunto. [Plenos Regionales, Jurisprudencia] Registro: 2031160

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