Blog 103: Secreto bancario, arraigo y prisión preventiva
Denise Tron y Mariana Ruiz.
02 de febrero de 2023.
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La Suprema Corte declaró inconstitucional el secreto bancario cuando la Fiscalía General de la República solicita información a los bancos para investigar delitos. Por otra parte, la Corte Interamericana declaró que la legislación mexicana sobre arraigo y prisión preventiva es violatoria de derechos humanos. Además, comentamos los criterios publicados el 27 de enero.
Civil
Enfermedades contagiosas y concubinato
La Primera Sala se pronunció sobre el Código Civil para el Estado de México que establece como impedimento para contraer matrimonio y para reconocer el concubinato, que la persona padezca enfermedades incurables que sean contagiosas o hereditarias. El Código señala que el impedimento no es absoluto, porque los contrayentes pueden expresar por escrito la voluntad de estar juntos:
- La decisión de unirse en matrimonio o en concubinato con una persona que tiene una enfermedad, corresponde a la pareja que es quien podría sufrir el riesgo.
- Esta decisión tiene relación con el derecho al libre desarrollo de la personalidad y con el derecho a la salud.
- Las personas que a pesar de la enfermedad quieran unirse en matrimonio o concubinato, pueden expresar su voluntad de varias maneras, es excesivo que el Código establezca que debe ser por escrito.
- Considerar que no existe el concubinato porque las partes no expresaron por escrito la voluntad de estar juntas, viola el derecho humano a la salud.
En este caso, después de la muerte de una persona que tenía una enfermedad incurable, su pareja consideró que tenían que reconocerlo como heredero. Los padres de la persona fallecida se negaron a reconocerlo, por considerar que no se podía probar que hubo un concubinato porque su hijo padecía la enfermedad. [Jurisprudencia] Registro: 2025849, 2025850, 2025851
Pemex dona gasolina a particulares
En un contrato de donación onerosa, los requisitos que el donante le establece al donatario no pueden considerarse como obligaciones ni como una contraprestación por los bienes donados. En este caso, Pemex le donó gasolina, asfalto y diesel a una persona, quien debía darle un uso determinado a los bienes donados y mantenerlo informado sobre su uso.También se resolvió que no podrá exigirse al donatario el pago de intereses moratorios, si en el contrato no se pactó como pena convencional. Registros: 2025842, 2025843, 2025841 y 2025845
Juicio en línea
Notificaciones electrónicasCuando en un juicio de amparo en materia civil una de las partes solicite que se le realicen las notificaciones por vía electrónica, debe entenderse que por este medio se deberán realizar las notificaciones personales y las que sean por lista. [Pleno de Circuito, jurisprudencia] Registro: 2025854
Laboral
Testimonio de supervisor de empresa
¿Tiene valor probatorio la prueba testimonial del supervisor de una empresa? Si es en favor del patrón no tiene valor probatorio debido a que, por las funciones de vigilancia que desempeña el supervisor en su trabajo y su vínculo de confianza con el patrón, no tiene independencia ni imparcialidad. [Segunda Sala, jurisprudencia] Registro: 2025858
Junta debe investigar condiciones de trabajo
Cuando un trabajador busca que se reconozca que las actividades en el trabajo le han provocado una incapacidad permanente y no ofrece las pruebas suficientes para acreditar el nexo causal entre la incapacidad y sus labores, la Junta debe allegarse de pruebas si es que hay indicios sobre la veracidad de lo que argumenta. [Tribunal colegiado, jurisprudencia] Registro: 2025839
Prestaciones extralegales y su pruebaPor regla general, el trabajador está obligado a probar las prestaciones extralegales sin embargo, el Juez puede solicitar que sea el sindicato, la parte patronal o un tercero quienes aporten las pruebas, cuándo ellos tengan más elementos, lo cual se analizará en cada caso en particular. [Tribunal colegiado, jurisprudencia] Registro: 2025857
Administrativo
Tribunales especializados y asuntos de comercio exterior
La Segunda Sala emitió una jurisprudencia sobre los asuntos que pueden ser presentados ante los juzgados especializados en competencia económica y telecomunicaciones. Si bien se había ampliado a asuntos relacionados con la Comisión Reguladora de Energía y con la Secretaría de Hacienda, la Segunda Sala determinó que los tribunales especializados no podrán conocer de juicios en los que se impugnen las Reglas Generales de Comercio Exterior emitidas por el SAT, sino que deberán tramitarse ante los juzgados administrativos. [Jurisprudencia] Registro: 2025838
Penal
Estafa piramidal ¿cómo probar el fraude?
Para acreditar la comisión del delito de fraude en una estafa de préstamos en pirámide, no se requiere probar que cada persona en lo individual realizó un acto de engaño, sino que debe analizarse el resultado total y se condenará a los responsables como coautores del delito. Registro: 2025848
Secreto bancario en investigaciones penales
El 25 de enero, la Primera Sala resolvió que es inconstitucional que la Fiscalía General de la República pueda requerir información bancaria de los contribuyentes en las investigaciones sobre delitos fiscales. Dichas solicitudes deben realizarse previa orden judicial. Comunicado SCJN
Corte Interamericana condena a México en arraigo y prisión preventiva
La Corte Interamericana de Derechos Humanos dictó sentencia en el caso Tzompaxtle Tecpile en el condenó a las autoridades mexicanas por considerar que la regulación del arraigo y la prisión preventiva violan derechos humanos.
El caso refiere a tres personas que fueron detenidas en 2006 por estar presuntamente vinculadas a la delincuencia organizada. Las personas fueron confinadas durante tres meses en arraigo y posteriormente estuvieron en prisión preventiva durante dos años y medio, para finalmente reconocer que no eran culpables.
En la sentencia se sostuvo que:
- El arraigo previo al proceso penal es contrario a los derechos a la libertad personal y a la presunción de inocencia.
- El Estado mexicano incumplió su obligación de establecer normas que impidan la privación de la libertad.
La Corte Interamericana condenó a México a lo siguiente:
- Dejar sin efectos las disposiciones que regulen el arraigo preprocesal.
- Adecuar la legislación mexicana a las normas internacionales en materia de prisión preventiva.
- Publicar la sentencia dictada y reconocer públicamente su responsabilidad internacional.
- Brindar tratamiento médico a las víctimas y pagar los gastos en que incurrieron por el juicio.
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